Para empresas con proveedores en la lista de operaciones inexistentes
¿Uno de tus proveedores apareció en la lista 69-B del SAT?
Si un proveedor está en la lista 69-B del SAT, revisamos tus operaciones con él y armamos la evidencia de materialidad para defender tus deducciones e IVA.
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El problema
Las facturas de un proveedor en la lista 69-B pueden dejar de valer, aunque hayas pagado.
El SAT publica en la lista 69-B a los contribuyentes que presume emitieron facturas por operaciones inexistentes. Primero aparecen como presuntos y, si no desvirtúan la presunción, pasan a la lista definitiva.
Para tu empresa el problema no es solo del proveedor. Las facturas que recibiste de él pueden quedar sin efectos fiscales, y con ellas las deducciones y el IVA acreditable que tomaste.
La defensa está en la materialidad: demostrar con documentos que el bien se entregó o el servicio se prestó. Mientras antes se arma ese expediente, más fácil es sostenerlo.
30 días
Cómo funciona
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Identificación
Cruzamos tus proveedores con las listas del SAT y ubicamos cada factura, periodo y monto involucrado.
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Medición del riesgo
Calculamos qué deducciones e IVA acreditable dependen de esas operaciones.
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Evidencia de materialidad
Reunimos contratos, entregables, pagos, correos y pruebas de que el bien o el servicio existió.
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Decisión y presentación
Con la evidencia, decidimos si conviene demostrar las operaciones ante el SAT o autocorregirse.
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Prevención
Establecemos una revisión periódica de proveedores para no repetir el problema.
Qué tener a la mano
- Lista de proveedores y monto pagado a cada uno
- CFDI recibidos del proveedor señalado
- Contratos, órdenes de compra y entregables
- Comprobantes de pago y estados de cuenta
- Correos y evidencia de la prestación del servicio o la entrega
Lo que cuesta esperar
- Si no se demuestra la operación, el SAT puede rechazar la deducción y el IVA acreditable de esas facturas.
- Eso se traduce en impuestos omitidos con actualización, recargos y multas.
- La evidencia es más difícil de reunir mientras más tiempo pasa desde la operación.
Por qué Contadoor
- Contadores y abogados fiscalistas en el mismo caso
- Expediente de materialidad armado con método
- Revisión preventiva de proveedores
- Directivos certificados por el IMCP con trayectoria en las Big 4
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa con las facturas que ya deduje?
Si el proveedor queda en la lista definitiva y no demuestras que la operación existió, el SAT puede considerar que esas facturas no tienen efectos fiscales y rechazar la deducción y el IVA acreditable.
¿Qué es la materialidad?
Es la prueba de que la operación ocurrió de verdad: que el bien se entregó o el servicio se prestó. No basta la factura y el pago; hacen falta contratos, entregables y evidencia del trabajo.
¿Cuánto tiempo tengo para demostrar las operaciones?
La ley da un plazo de 30 días desde la publicación de la lista definitiva para demostrar la operación o corregir tu situación. Por eso conviene preparar la evidencia desde que el proveedor aparece como presunto.
¿Qué diferencia hay entre EFOS y EDOS?
EFOS es la empresa que emite facturas por operaciones que el SAT presume inexistentes. EDOS es quien las recibe y las deduce. Si tu proveedor es EFOS, tu empresa puede quedar como EDOS.
¿Cómo evito que vuelva a pasar?
Revisando periódicamente las listas del SAT antes de contratar y pagar, y documentando la materialidad de cada operación relevante desde que ocurre.
¿Cuánto cuesta defender las operaciones?
Depende del número de proveedores, facturas y periodos involucrados. Después de medir el riesgo te damos una propuesta con alcance y honorarios definidos.
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